Providencias que la citan
Estas providencias invocan a A. 047/05 en su argumentación. · 15 en total.
Volver a la ficha de A. 047/05Recusacion Formulada Contra El Magistrado Doctor Jaime Araujo Renteria En El Tramite De Incidentes De Nulidad De La Sentencia C-355 De 2006, Por Haber Conceptuado Sobre La Constitucionalidad De La Disposicion Acusada. Separar Al Magistrado Jaime Araujo Renteria Del Conocimiento De Las Solicitudes De Nulidad Propuestas Por Varios Ciudadanos Contra La Sentencia C-355 De 2006
Recusación De Todos Los Magistrados Que Componen La Sala Plena, Dentro De La Demanda De Inconstitucionalidad Contra Los Artículos 1 Y 2 Del Acto Legislativo 1 De 2005, Por El Cual Se Adiciona El Artículo 48 De La Constitución Política. La Sala Plena Encuentra Que Tal Recusación Resulta Impertinente En La Medida Que Las Posiciones Fijadas En Las Sentencias Citadas Por El Demandante Fueron Plasmadas En Providencias En Las Cuales Cada Magistrado Participó Ejerciendo Sus Funciones Judiciales. Declara Impertinente La Recusacion
Tramite De Incidentes De Nulidad De La Sentencia C-355 De 2006. Recusacion Formulada Por El Magistrado Doctor Jaime Araujo Renteria Actuando Como Ciudadano Contra El Magistrado Doctor Nilson Pinilla Pinilla En El Tramite Del Incidente De Nulidad. Impertinencia De La Recusacion Formulada
Tramite De Incidentes De Nulidad De La Sentencia C-355 De 2006. Recusacion Formulada Por El Magistrado Doctor Jaime Araujo Renteria Actuando Como Ciudadano Contra El Magistrado Doctor Marco Gerardo Monroy Cabra En El Tramite Del Incidente De Nulidad. Impertinencia De La Recusacion Formulada
Recusacion Formulada Contra La Magistrada Clara Ines Vargas Hernandez Para Participar En La Decision Relacionada Con El Incidente De Nulidad De La Sentencia C-355 De 2006, Por Haber Conceptuado Sobre La Constitucionalidad De La Disposicion Acusada Y Tener Interes En La Decision. Legitimidad Para Recusar A Un Magistrado De La Corte Constitucional. Exigencia De La Pertinencia De La Recusacion. Declara La Impertinencia De La Recusacion
Recusacion Contra Los Magistrados Jaime Cordoba Triviño Y Rodrigo Escobar Gil Aduciendo La Publica Y Reconocida Condicion De Los Magistrados De Aficionados Taurinos. Declara No Fundada La Recusacion Propuesta
Recurso De Reposicion Contra El Auto 090 De 2006 Que Decidio La Recusacion Formulada Por La Ciudadana Cristina Amparo Cardenas De Bohorquez Contra El Magistrado Jaime Araujo Renteria. La Iudadana Cristina Amparo Cardenas De Bohorquez Carece De Legitimacion Para Formular Recusacion Contra Magistrados De La Corte Por No Ser Demandante En El Proceso Ni Ocupar El Cargo De Procurador General De La Nacion. No Reponer El Auto
Ley 599 De 2000 Articulos 122, 123 (Parcial), 124 Y 32 Numeral 7. Se Expide El Codigo Penal. Recusacion Formulada Por El Ciudadano Sigifredo Corredor Rodriguez Contra El Magistrado Doctor Jaime Araujo Renteria. Rechazada Por Falta De Legitimacion
Ley 599 De 2000 Articulos 122, 123 (Parcial), 124 Y 32 Numeral 7. Se Expide El Codigo Penal. Recusacion Formulada Por La Ciudadana Cristina Amparo Cardenas De Bohorquez Contra El Magistrado Doctor Jaime Araujo Renteria. Rechazada Por Falta De Legitimacion
Recusacion Formulada Por La Ciudadana Brenda Rocha Contra El Magistrado Jaime Araujo Renteria. Rechaza Por Falta De Legitimación La Recusacion Contra El Magistrado Jaime Araujo Renteria
Recusacion Formulada Contra La Totalidad De Los Miembros De La Corte Constitucional. El Decreto 2067 De 1991, Regulo De Manera Integral Lo Atinente A Las Causales De Impedimento Y Recusacion De Los Magistrados De La Corte Constitucional. Cuando La Recusacion Ha Sido Dirigida Contra Todos Los Magistrados, Le Corresponde Al Pleno De La Corte Decidir Sobre La Misma. El Demandante Y El Procurador Son Quienes Legítimamente Pueden Recursar A Un Magistrado De La Corte Constitucional. Gustavo Hernández Salazar No Es Demandante Dentro De Alguno De Los Procesos De Inconstitucionalidad Contra El Acto Legislativo No. 2 De 2004. Declarar La Falta De Legitimación Del Ciudadano Para Formular La Recusacion Contra El Magistrado Marco Gerardo Monroy Cabra, Que Además No Es Pertinente
Recusacion Formulada Contra Los Magistrados Jaime Cordoba Triviño Y Rodrigo Escobar Gil Por Su Condicion De Aficionados A Las Llamadas Actividades Taurinas. Regulación Y Tramite De Las Recusaciones De Los Magistrados De La Corte Constitucional. Principio Fundamental De Imparcialidad Judicial. Criticas A La Imparcialidad En La Aplicacion Del Derecho. En El Caso De Los Magistrados De Esta Corporación, Hay Que Tener En Cuenta Que La Actividad De La Corte Constitucional Tiene Por Objeto Decidir Sobre Hechos O Circunstancias Que Afectan A Todos Los Ciudadanos. De Ahí Que Tales Decisiones Tengan En La Mayoria De Las Ocasiones Algun Tipo De Relación Con Los Magistrados Como Ciudadanos. La Solicitud De Recusacion Es Improcedente An Tanto Impertinente, Porque Si Bien La Actora Esta Legitimada Para Proponerla, Los Hechos En Los Que Se Basa No Demuestran Afectación De La Imparcialidad Ni De La Capacidad De Decidir En Derecho De Los Magistrados En Cuestion. No Fundada La Solicitud
Recusacion Contra La Totalidad De Los Miembros De La Corte Constitucional. Declara La Falta De Legitimidad Del Ciudadano Gustavo Hernández Salazar Para Formular La Recusacion Que Además No Es Pertinente. Incorporese Al Expediente D-5625 El Original De Esta Providencia E Insertese Copia En Los Demas Procesos Que Se Tramiten Contra El Acto Legislativo No. 2 De 2004
Recusacion Formulada Por Jairo Enrique Ramírez Contra El Magistrado Alvaro Tafur Galvis. Falta De Legitimación Del Ciudadano Para Formular La Recusacion La Cual Además Resulta Ser Impertinente.